La libertad

La libertad, Sancho, es uno de los más preciosos dones que a los hombres dieron los cielos; con ella no pueden igualarse los tesoros que encierra la tierra ni el mar encubre; por la libertad así como por la honra se puede y debe aventurar la vida, y, por el contrario, el cautiverio es el mayor mal que puede venir a los hombres.
El ingenioso hidalgo Don Quijote de la Mancha.
Miguel de Cervantes

lunes, 8 de junio de 2020

La “inviolabilidad” personal del Jefe del Estado


Zarzuela teme el tsunami de los pagos a Corinna y Juan Carlos: la ...La “inviolabilidad” personal del Jefe del Estado

El artículo 56.3 de la Constitución Española establece que: “La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65.2.”

Según mi humilde opinión, tal inviolabilidad afectaría solamente a los actos y funciones que se recogen en el artículo 62 (C.E.), y que como Jefe del Estado le son propios, pero siempre “refrendados por el presidente del gobierno y por los ministros competentes“, quienes se convierten en responsables de los mismos,  según el establece el artículo 64.2 (C.E.): “de los actos del rey serán responsables las personas que los refrenden”.

A mi modo de ver, se está difundiendo intencionadamente, una cierta confusión entre los “actos personales” del monarca o rey,  y los actos y funciones “que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes” (C.E. Artículo 56.1) al Jefe del Estado, lo que nos llevaría a no hacer ninguna distinción entre los actos  personales y lo institucionales. Frente a esta intencionada tergiversación entre los actos personales y los de la Jefatura del Estado, existen variadas publicaciones de expertos constitucionalistas en los que se aborda la cuestión desde el punto de vista jurídico, sustentándose sobre qué tipo de actos son los considerados “inviolables” (los refrendados por el gobierno) y qué otros no (los particulares de la persona) que quedarían fuera de tal “inviolabilidad”.

De admitirse que la inviolabilidad cubre también los actos personales, supondría que la “persona” que ejerce la Jefatura del Estado estaría “por encima de la ley”, lo que iría contra el propio artículo 14 de la C.E. : “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”, y situaría a una “persona” por encima del propio estado de Derecho, y por encima de los poderes clásicos: parlamento, gobierno y poder judicial. La interpretación más extendida entre los expertos es que, en sus actos privados (como persona), quien en cada momento ostente el cargo, sigue estando, como el resto de los ciudadanos, sometido a las leyes. La “inviolabilidad” no lo afectaría, ya que, al igual que los derechos igualmente inviolables de las personas, terminan allí donde pueda existir delito o la simple sospecha del mismo.

La “inviolabilidad” es un término peligroso por quedar sujeto a la interpretación interesada de quienes se arrogan poderes para ello. Interpretar en razón de preferencias personales su verdadero significado, nos lleva a esa siempre denostada inseguridad jurídica de la que nos quejamos a diario.

Así pues, yo estoy convencido de que la “persona” que ostenta la Jefatura del Estado, es “inviolable y no está sujeta a responsabilidad”, exclusivamente en los actos que realice como tal, y no lo es en los que realice como “persona” particular. Y confío en que así lo ratifiquen los Jueces. 

Otro tema distinto es si la Jefatura del Estado debe ser electiva o hereditaria. Otro día hablaremos de ello.

martes, 12 de mayo de 2020

Educación en Valores Cívicos

A propósito de esta genial viñeta de Forges.
Ya sé que hay muchas circunstancias que influyen en la incidencia que el COVID-19 tiene en los distintos países.
Las medidas que adoptan los distintos gobiernos, y la postura de la oposición ante las mismas, son sin duda una de las más importantes.
Pero también lo es la actitud de la ciudadanía ante esas medidas, y su respuesta ante las advertencias y recomendaciones de la comunidad científica.
Y aquí entran en juego algunos elementos que no se pueden improvisar. Uno es el SENTIDO COMÚN, al que se refiere Forges en su viñeta. Pero hay otros, y uno de los más importantes es la RESPONSABILIDAD CÍVICA de cada ciudadano. Y aquí España falla estrepitosamente. Y no solo es culpa individual de cada uno de nosotros, que también lo es. La responsabilidad de esta falta de formación cívica en valores democráticos y de ciudadanía, es también de los poderes públicos que no se han tomado en serio la EDUCACIÓN EN VALORES CÍVICOS Y DEMOCRÁTICOS de nuestros jóvenes.
En los momentos de crisis es cuando, esta falta de formación cívica, se echa más en falta. En este país saltarse cualquier norma, es motivo de orgullo y chulería, no de rechazo social. Y los que lo hacen, no solo no lo ocultan, sino que presumen ante los demás, tachando al que si las cumple de pusilánime e ingenuo. Engañar al "poder", sea éste el que sea, es el deporte nacional por excelencia. Y aunque es verdad que pueden ser minoría los que adoptan este tipo de comportamientos, el resto no se lo reprochamos socialmente, e incluso hay quien, en el fondo, los envidia.
Entre las conclusiones que debemos sacar de esta crisis, está tomarnos muy en serio la Educación en Valores Cívicos y Democráticos. En caso contrario, en la próxima, estaremos en las mismas.

¡Y así nos va!

sábado, 18 de enero de 2020

“Mis hijos son míos y no del Estado”



"Mis hijos son míos y no del Estado". Pablo Casado, Presidente del PP

Con esta aparente verdad de “perogrullo”, los dirigentes de la derecha y extrema derecha española retoman una batalla que parecía olvidada, pero que en cuanto pueden vuelven a reavivar: el derecho, y la obligación, que tienen las sociedades democráticas, cuyas leyes están inspiradas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de educar a sus ciudadanos en el respeto a los  valores cívicos y democráticos.
Podríamos simplemente contestarlos con los hermosos versos de Khalil Gibran:
Tus hijos no son tus hijos,
son hijos e hijas de la vida,
deseosa de sí misma.
No vienen de ti,
sino a través de ti,
y aunque estén contigo,
no te pertenecen.
Pero me temo que en el crispado ambiente que vive la política y la sociedad española, no va a ser suficiente. Vamos a ver si somos capaces de conseguirlo, con más argumentos.
El conjunto de declaraciones que yo llamo de “perogrullo”, han surgido a raíz de la ocurrencia que están teniendo algunos gobiernos autonómicos, gobernados por el Partido Popular con el apoyo de Ciudadanos y de Vox, de incluir lo que se ha dado en llamar el “pin parental”, nombre que oculta la capacidad de los padres de objetar, en nombre de sus hijos, la participación de éstos en determinadas actividades educativas.
Vayamos por partes. Cierto es que la Constitución Española de 1978, en su artículo 27.3, establece que “Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”. Pero también es cierto, y así ha sido ratificado y sentenciado por el Tribunal Constitucional, que el ejercicio de ningún derecho tiene un carácter ilimitado. Como mínimo, está limitado por el derecho de los demás a ejercer también los suyos. Para entendernos, pongamos un ejemplo, también de “perogrullo” pues parece que son los únicos que entienden. Los españoles tenemos derecho a “circular libremente por el territorio nacional” (art. 19. CE). Este derecho tiene por supuesto muchas limitaciones, entre otras las normas de tráfico, y por supuesto una que seguro le es muy atractiva a estos defensores a ultranza de la propiedad privada: mi derecho a circular libremente por todo el territorio nacional, se encuentra limitado en cuanto me encuentro una valla o cerca que delimita la propiedad privada de otro, que también tiene sus derechos.
Podríamos poner muchos más ejemplos, paro vamos a entrar en el que es objeto de este debate.
Como ya he dicho, esta batalla forma parte de una guerra que la derecha y la ultra derecha española, con el apoyo incondicional de algunas organizaciones católicas y de la jerarquía más ultramontana de la misma iglesia, llevan desarrollando desde la llegada de la democracia a este país de nuestros dolores: su oposición frontal al derecho, o mejor dicho la obligación, que tiene una sociedad democrática de educar a sus ciudadanos en los valores propios de la misma, inspirados en la Declaración Universal de los DDHH.
En esta guerra  perdieron una primera batalla, cuando el Tribunal Supremo sentenció que los padres no podían ejercer objeción de conciencia para impedir que sus hijos cursaran la asignatura de Educación para la Ciudadanía. Y ganaron la segunda cuando el PP aprobó la LOMCE, lo que supuso la desaparición de dicha materia.
Y aquí estamos de nuevo, en una especie de día de la marmota, con el personal alterado ante la mera posibilidad de que, de una forma o de otra, se eduque a nuestros hijos en el conocimiento y respeto al diferente, en la igualdad entre hombres y mujeres, en la lucha contra la homofobia y la xenofobia. En resumen, que se forme a ciudadanos críticos, conocedores de sus derechos y deberes, justos y solidarios, que sean capaces de convivir en un mundo cada día más complejo y multicultural.
Pues claro que tu hijos no son del Estado, pero tampoco son tuyos. Tus hijos son individualidades en construcción, que necesitan de una educación en los valores que son consustanciales con un sistema democrático que se dice respetuoso con los DDHH. Y ese Estado al que algunos demonizan y quieren reducir a la mínima expresión, tiene la obligación de proporcionar a esos hijos una educación que tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales (art. 27.2 CE).
Y hasta tal punto esto es una obligación del Estado que en el caso de que algunos padres no cumplan con sus deberes como tales, puede intervenir y quitar la tutela e incluso la patria potestad a los mismos.
Cualquier persona razonable estará de acuerdo en lo que debería hacer el estado en el caso de que unos padres, llevando al extremo el supuesto “derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones” (art. 27.3 CE), decidieran educar a sus hijos en la convicción moral  y religiosa de que a las mujeres se les debe practicar la ablación del clítoris; o en la cultura del sometimiento de la mujer al marido; o en que las personas tiene distintos derechos según el sexo, el color de su piel o su lugar de nacimiento.
Pues eso. Tus hijos no son tuyos, son hijos e hijas de la vida.