En el BOE del pasado 24 de febrero se ha publicado la Resolución de 11 de febrero de 2015, de la Dirección General de Evaluación y
Cooperación Territorial, por la que se publica el currículo de la enseñanza de
Religión Católica de la Educación Primaria y de la Educación Secundaria
Obligatoria.
En el preámbulo de la misma se explican los argumentos legales que la justifican, y finaliza con el siguiente párrafo: "De acuerdo con los preceptos indicados, la Conferencia Episcopal Española ha
determinado los currículos de la enseñanza de la religión católica para la Educación
Primaria y la Educación Secundaria Obligatoria.
En su virtud, a propuesta de la Conferencia Episcopal Española."
¿Alguien se puede ahora extrañar o escandalizar por esta resolución? Nadie en absoluto. La misma es consecuencia lógica de dos cuerpos legales: la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad
educativa (LOMCE) y el Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre enseñanza y asuntos culturales, ratificado en la Ciudad del Vaticano el 3 de de 1979, escasamente un mes después de que el pueblo español aprobase la Constitución en referéndum.

Durante algunos años, y bajo gobiernos del PSOE, se hicieron tímidos intentos de minimizar o limitar estos privilegios, estableciendo que, al menos, las calificaciones de la mal llamada "asignatura" de Religión, no computaran para las notas medias y a la hora de las repeticiones de curso. Así mismo se estableció que los alumnos que no cursaran religión, no tuvieran que cursar una materia alternativa.
La llegada del PP al poder con mayoría absoluta en el año 2011, propició la tramitación y aprobación de la LOMCE, con las consecuencias que ahora nos extrañan en lo referido a esta cuestión. Para mayor aberración, en esta norma legal se suprime la asignatura de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, y se sustituye, como alternativa a la religión confesional, por unos descafeinados Valores Sociales y Cívicos
en Primaria y Valores Éticos en ESO.
Por eso ahora nadie puede llamarse a engaño. Esta resolución del día 24 de febrero, es la consecuencia legal de la LOMCE. Y la Iglesia Católica, igual que haría cualquier otra confesión religiosa, se aprovecha de la situación.
La única solución que existe para que de una vez por todas se cumpla lo que nuestra Constitución establece en su artículo 16.3: "Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.", es la denuncia de los Acuerdos con la Santa Sede.
Nadie con un mínimo de criterio puede sostener que el contenido de los citados Acuerdos sean una forma coherente y constitucional de "mantener relaciones de cooperación con la Iglesia Católica".