La Constitución de la Segunda República Española supuso un avance notable en el reconocimiento y defensa de los derechos humanos por el ordenamiento jurídico español y en la organización democrática del Estado.
Casi un tercio de su articulado se dedicaba a recoger y proteger los derechos y libertades individuales y sociales. Entre otros avances, amplió el derecho de sufragio activo y pasivo a los ciudadanos de ambos sexos mayores de 23 años y estableció que el poder de hacer las leyes era del pueblo español, a través de un órgano unicameral que recibió la denominación de Cortes o Congreso de los Diputados. Estableció que el Jefe del Estado, Presidente de la República, sería elegido por un colegio electoral compuesto por Diputados y compromisarios, que a su vez eran elegidos mediante sufragio universal, directo y secreto.
Algunos otros principios que la Constitución incorporó o reafirmó como elementos esenciales del ordenamiento jurídico español fueron:
El principio de igualdad de los españoles ante la Ley, al proclamar a España como "una república de trabajadores de toda clase". El principio de laicidad, por el que se iba más allá de la mera separación entre la Iglesia y el Estado para adentrarse en un ámbito de total eliminación de la religión de la vida política. El principio de elección y movilidad de todos los cargos públicos, incluido el Jefe del Estado. Se preveía la posibilidad de la realización de una expropiación forzosa de cualquier tipo de propiedad, a cambio de una indemnización, para utilización social así como la posibilidad de nacionalizar los servicios públicos. Separación de la Iglesia y el Estado, además del reconocimiento del matrimonio civil y el divorcio.
Casi ochenta años después, algunos de estos principios siguen sin estar plenamente establecidos, y otros muchos son aún discutidos y cuestionados por “los de siempre”.
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